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EDITING AGREEMENT 2



CONTRATO DE EDICION 2 - EDITING AGREEMENT 2

CONTRATO DE EDICI�N QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, [Publisher's Name / Nombre de la Editorial] EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA EDITORIAL", Y DE OTRA PARTE [Editor's Name / Nombre del Editor] QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "EL EDITOR" CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CL�USULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES
1. Que es una sociedad constituida en [Publisher's City / Ciudad de la Editorial].
2. Que tiene atribuciones para editar las obras de los autores que crea conveniente y las investigaciones realizadas por su personal .
3. Que como parte de su organizaci�n administrativa sus objetivos principales son [Publisher's Purpose / Objectivo de la Editorial]
4. Que el [Publisher's Representative / Representante de la Editorial] es el titular de la (el) por lo que tiene facultades para suscribir el presente instrumento de conformidad con el Acuerdo .
5. Que en los t�rminos de las Disposiciones Generales a las que sujetar�n los procesos editorial y de distribuci�n de las publicaciones de "LA EDITORIAL", expedidas [Distribution Description / Descripci�n de Distribuci�n].
6. Que para efectos del presente contrato designa como responsable de la edici�n [Edition Responsible Party / Responsable de la Edici�n].
7. Que para los efectos legales derivados de este instrumento se�ala como domicilio el [Publisher's Address / Domicilio de la Editorial].
II.- DECLARA "EL EDITOR":
1. Que es un editor y que acredita su personalidad jur�dica con la escritura p�blica n�mero [Document Number / N�mero de escritura] de fecha [Document's Date / Fecha de la Escritura] protocolizada ante el Lic. [Notary's Name / Nombre del notario] Notario P�blico N�mero [Notary's Number / N�mero del Notario] en la Ciudad de [Notary's City / Ciudad del Notario].
2. Que de conformidad con sus estatutos, su objeto social consiste, entre otras actividades, en la edici�n de obras de car�cter cultural, cient�fico y human�stico.
3. Que [Editor's Name / Nombre del Editor] est� facultado para celebrar el presente contrato, seg�n lo acredita con [Accreditation Proof / Prueba de Acreditaci�n].
4. Que para todos los efectos legales derivados de este instrumento, se�alada como domicilio el ubicado en [Publisher's Address / Domicilio del Editor].

III. DECLARAN AMBAS PARTES:

UNICO.- Que de acuerdo a las declaraciones que anteceden est�n conformes en suscribir el presente instrumento, al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Las partes convienen en que el objeto del presente contrato es la edici�n de la(s) obra(s).

SEGUNDA.- "LA EDITORIAL" se compromete a entregar a "EL EDITOR" el original o un ejemplar de la (s) obra (s) mencionadas en la cl�usula anterior, al momento de la firma del presente contrato al cual deber� acompa�ar el dictamen favorable de su Comit� Editorial.

TERCERA.- Las partes convienen en que la edici�n de la(s) obra(s) objeto del presente contrato, ser� conforme a las siguientes caracter�sticas [Characteristic's Description / Descripci�n de la Caracter�stica].

CUARTA.- Convienen ambas partes en que el n�mero de ejemplares de la edici�n ser� de [Number of Samples / N�mero de Ejemplares] los cuales ir�n numerados.

QUINTA.- "LA EDITORIAL", a trav�s de su Direcci�n General de Fomento Editorial, convine con "EL EDITOR", en que el precio de venta de los ejemplares, de las obras objeto de este contrato ser� de $ [Retail Price / Precio del Ejemplar] al p�blico y de $ [Wholesale Price / Precio a la librer�as] a las librer�as.

SEXTA.- "EL EDITOR" se obliga a no editar o reeditar obra alguno que se le solicite, si no cuenta con el dictamen favorable de su Comit� Editorial.

SEPTIMA.- "EL EDITOR" se obliga a reproducir, distribuir y vender, por cuenta propia, la (s) obra (s) que se deriven del presente contrato.

OCTAVA.- "LA EDITORIAL" se obliga a coadyuvar en la difusi�n de la(s) obra(s), a que se refiere el presente contrato, de acuerdo con sus posibilidades.

NOVENA.- "LA EDITORIAL" se compromete a cubrir a los autores las regal�as que les correspondan para lo cual celebrar� con ellos el (los) contrato(s) respectivo(s).

DECIMA.- Es obligaci�n de "LA EDITORIAL", celebrar contratos espec�ficos con el (los) autor (es) cuando la titularidad de los derechos autorales de la (s) obra (s) objeto de ese contrato no le correspondan.

DECIMA PRIMERA.- "EL EDITOR" se obliga a entregar a los autores gratuitamente [Number of Samples for the author / N�mero de Ejemplares para el autor] ejemplares por cada [Total of Samples / Total de Ejemplares] que imprima, los cuales no se considerar�n en las liquidaciones de ejemplares vendidos.

DECIMA SEGUNDA.- "EL EDITOR" separar� hasta [Number of Samples for Promotion / N�mero de Ejemplares para propaganda] ejemplares de cada obra para el servicio de prensa y propaganda, los cuales no se considerar�n en las liquidaciones de ejemplares vendidos.

DECIMA TERCERA.- "EL EDITOR" se compromete a entregar a "LA EDITORIAL" para intercambio acad�mico y canje de publicaciones de las dependencias universitarias interesadas, la cantidad de [Number of Sample for Academic Use / N�mero de Ejemplares para uso acad�mico] ejemplares de cada t�tulo a que se refiere el presente contrato, las dem�s que "LA EDITORIAL" le solicite, ser�n a $ [Special Price / Precio Especial] lo que se descontar� de las utilidades correspondientes a "LA EDITORIAL".

DECIMA CUARTA.- "EL EDITOR" se obliga a no celebrar contratos de cualquier especie para la edici�n total o parcial de la(s) obra(s) a que se refiere el presente contrato.

DECIMA QUINTA.- "EL EDITOR" se compromete e imprimir en las portadas e interiores de las obras que edite o reedite con base en el presente contrato, el logotipo de "LA EDITORIAL" y el nombre completo de la misma, as� como las dem�s caracter�sticas editoriales a que se refieren las Disposiciones Generales a las que se sujetar�n los procesos editorial y de distribuci�n de las publicaciones de "LA EDITORIAL".

DECIMA SEXTA.- "EL EDITOR" se obliga a pagar a "LA EDITORIAL" por concepto de regal�as por los derechos temporales de edici�n pactados en este contrato, un [Sale Price Percentage / Porcentage del Precio de Venta] % sobre el precio de venta de cada ejemplar.

DECIMA SEPTIMA.- El pago de las regal�as convenido en la cl�usula anterior, lo har� el editor a "LA EDITORIAL" por per�odos de [Royalties Period / Per�odo de Regal�as] meses mediante liquidaciones que al final de cada uno de estos lapsos se realicen.

DECIMA OCTAVA.- "EL EDITOR" podr� hacer a "LA EDITORIAL" anticipos a cuenta de las regal�as pactadas, dentro de un plazo que no exceder� de [Maximum Period / Plazo M�ximo], a partir de la fecha de firma de este contrato, y hasta por la cantidad de [Amount of Royalties / Cantidad de Regal�as] en este caso y por su car�cter de anticipo, la suma adelantada se ir� amortizando de acuerdo con la venta de ejemplares, y una vez que el porcentaje devengado iguale la cantidad anticipada, "EL EDITOR" seguir� pagando a "LA EDITORIAL" las sumas a que a favor de �sta resulten, de acuerdo con la venta de ejemplares mencionada.

DECIMA NOVENA.- "LA EDITORIAL" queda obligada a la inscripci�n o registro del presente instrumento ante la Direcci�n General del Derecho de Autor, de la Secretar�a de Educaci�n P�blica.

VIGESIMA.- "LA EDITORIAL" reconoce a "EL EDITOR" el derecho de preferencia para la subsecuente edici�n de la(s) obra(s) objeto de este contrato.

VIGESIMA PRIMERA.- Las partes convienen en que si alguna de la(s) obra(s) a que se refiere este contrato fuera(n) objeto de traducci�n, �sta (s) se sujetar� (n) a otro tipo de contrato.

VIGESIMA SEGUNDA.- Las partes convienen en que el presente contrato tendr� una vigencia de [Contract Expiration / Vigencia del contrato] a�os a partir de la fecha de su firma, pero el t�rmino para la venta del total de ejemplares editados.

VIGESIMA TERCERA.- Las partes convienen en que podr�n rescindir este instrumento en el caso de que una de �stas incumpla sus obligaciones y se abstenga de reparar dicho incumplimiento dentro de los quince d�as siguientes al aviso, notificaci�n o solicitud que la otra parte contratante le haga en el sentido de que proceda a cumplir la obligaci�n motivo del requerimiento.

VIGESIMA CUARTA.- "LA EDITORIAL" podr� dar por rescindido este contrato en caso de que "EL EDITOR" fuere declarado en quiebra, suspensi�n de pagos, concurso de acreedores o cualquier otra tipo de insolvencia.

VIGESIMA QUINTA.- Las partes convienen en que la rescisi�n o terminaci�n de este contrato o afectar� la validez y exigibilidad de las obligaciones contra�das con anterioridad.

VIGESIMA SEXTA.- Las partes convienen en que ninguna de ellas podr� ceder o transferir total o parcialmente los derechos ni las obligaciones derivados del presente contrato.

VIGESIMA SEPTIMA.- Las partes que intervienen en el presente instrumento reconocer la personalidad con que comparecen sus respectivos representantes independientemente de lo cual "EL EDITOR" se obliga a entregar copia de los documentos notariales en que aparezcan los poderes y facultades con base en los cuales se otorga y firma este instrumento.

VIGESIMA OCTAVA.- Las partes convienen en que no ser� imputable a ninguna de ellas cualquier responsabilidad derivada de caso fortuito o fuerza mayor, conviniendo asimismo, que las obligaciones y derechos establecidos en este contrato podr�n reanudarse en el momento en que desaparezcan las causas que dieron motivo a la suspensi�n, siempre y cuando se trate de los derechos previstos en esta cl�usula.

VIGESIMA NOVENA.- Para la interpretaci�n y cumplimiento del presente contrato, y en todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicci�n y competencia de los tribunales de [Jurisdiction City / Ciudad de Jurisdicci�n], por lo que renuncia al fuero que por raz�n de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

Le�do que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman en [City of the Contract / Ciudad del Contrato] el [Date of the Contract / Fecha del Contrato].


POR "LA EDITORIAL"


POR "EL EDITOR"